Así se regulan en Europa las filtraciones de sumarios

secretosDesde el caso de Reino Unido, donde la recta justicia se impone a la libertad de prensa, hasta el caso francés, con sanciones teóricas pero difíciles de llevar a la práctica

Alemania

En Alemania, la libertad de prensa está protegida en forma expresa por la Constitución. Consecuentemente, la Carta Magna resguarda así la actividad de todos aquellos que realizan tareas informativas. E incluye dentro de esta protección el proceso que va desde la consecución de la información hasta su difusión a través de los medios de prensa.

De todos modos, la protección de libertad de prensa como tal no incluye el logro de información por métodos contrarios a la ley. Por ejemplo, no se le permite al periodista incitar a que le revelen información secreta ni pagar para que se le suministren tales datos. Pero sí puede aceptar documentos secretos, valorarlos y publicarlos. Esto es lo que ocurrió en el llamado caso Cicero, considerado en este país fundamental para el ordenamiento constitucional y una victoria de la libertad de prensa.

En 2005, la revista Cicero publicó un artículo sobre el entonces líder de Al-Qaeda en Irak, Abu Musab Al Zarqaui, que citaba en extenso un documento de la Oficina Federal de Investigación Criminal. Como el artículo, firmado por el periodista Bruno Schirra, describía en detalle el aspecto de Al Zarqaui y mencionaba números telefónicos relacionados con el asunto, se consideró que debía obrar en poder de la revista y del periodista el informe reservado completo y no sólo fragmentos de él. Por esta razón, la Fiscalía de Potsdam ordenó el registro de la redacción y el domicilio de Schirra. Y decomisó un disco rígido con información. La revista respondió con una demanda por considerar el registro policial contrario a la libertad de prensa.

Un año después del suceso, el Tribunal Constitucional de Alemania estableció que la razzia era contraria a la Carta Magna del país. Así se desestimó el punto de vista de la Fiscalía, que pedía condenar a Schirra por complicidad en la revelación de un secreto. Este fallo ha ratificado que si un periodista recibe información interna de funcionarios de forma legítima, no puede ser castigado.

Informa Leandro Uría

Italia

La violación del secreto del sumario es una práctica habitual en Italia.Las filtraciones están a la orden del día. En ocasiones se ha considerado que han sido algunos magistrados, por afán de protagonismo, lo que han permitido que los medios informativos se hicieran con noticias referidas al secreto de un sumario. Es sobre todo muy habitual ver en los medios publicadas interceptaciones telefónicas que estaban declaradas como parte secreta de un sumario. Silvio Berlusconi ha sido uno de los políticos que ha sufrido en ocasiones esa violación.

El último caso de filtración de una interceptación telefónica tuvo una notable repercusión política. Recientemente, el exministro de las Infraestructuras, Maurizio Lupi, del Nuevo Centra Derecha, un pequeño partido escindido de Forza Italia de Berlusconi y que gobierna en coalición con el Partido Democrático (PD) de Matteo Renzi, se vio obligado a dimitir porque, aun no siendo investigado, se descubrió por interceptaciones telefónicas que su hijo aceptó un Rolex de 10.350 euros y un puesto de trabajo de un manager corrupto que trabajaba para el ministerio de Infraestructuras.

Desde hace muchos años, los partidos intentan elaborar una nueva ley que imponga penas severas a la violación del secreto de los sumarios e impida la publicación de interceptaciones telefónicas. Hasta ahora, los esfuerzos han sido inútiles, porque siempre, como tema polémico de fondo, surge el debate sobre el derecho a la libertad de expresión.

Informa Ángel Gómez Fuentes

Lisboa

«Tribunales y medios de comunicación chocan porque sus caminos se cruzan y viven, o son obligados a vivir, en conjunto». La frase de un célebre juez portugués retrata el pantanoso terreno en el que se mueven las filtraciones judiciales en el país vecino, como pone de manifiesto el ‘caso Sócrates’, trufado de revelaciones a determinados medios en plena investigación.

Portugal permite la difusión de los hechos procesales si no están condicionados por el secreto de sumario o son objeto de difusión con público en la sala. Se exceptúan la transmisión de imágenes y sonidos, la reproducción de documentos incorporados y la publicación de la identidad de las víctimas de crímenes sexuales.

Cuando se quebranten estas normas y se dé salida a una información de manera ilegal, la ley establece una pena de hasta dos años de cárcel. Están incluidos en estas medidas abogados, magistrados, policías y funcionarios, pues como ilustra un reconocido letrado luso: «El número de personas que transporta en Portugal las cadenas del secreto de sumario es demasiado grande para que no sea legítimo desconfiar de la presencia e intromisión de extraños».

En definitiva, la violación del secreto de sumario se considera un «delito» en Portugal. Durante la instrucción previa al macrojuicio de ‘Casa Pia’ (abusos sexuales cometidos durante años por políticos y famosos en un orfanato lisboeta), hasta 20 periodistas fueron acusados de filtraciones no ajustadas a derecho. Sin embargo, resultaron absueltos. Con todo, la gran polémica de hoy en Portugal es el proyecto de ley que obliga a los diarios, televisiones y radios a presentar con antelación sus planes de cobertura de las campañas electorales.

Informa Francisco Chacón

Reino Unido

Aunque alardea, con razón, de ser la democracia en activo más antigua del mundo, en el Reino Unido la prensa está más acogotada que en España. La Ley de Secretos Oficiales permite perseguir a los medios y periodistas que revelen secretos relativos a la seguridad nacional y fue invocada y aplicada en 2013, durante las revelaciones de Snowden en «The Guardian». El periódico llegó a taladrar sus ordenadores en un sótano para evitar la persecución legal.

Por su parte la Contempt of Court Act de 1981 protege el respeto a los tribunales y que puedan aplicar de una manera imparcial la justicia. Su filosofía es que el interés del público en la libertad de expresión debe ceder ante el interés superior de no impedir o amenazar gravemente el curso de la justicia. La ley prevé multas y sanciones de cárcel de hasta dos años. Castiga a los periódicos por crear los llamados «juicios paralelos», y puede sancionar filtraciones, publicación de pruebas no admisibles en el caso, juicios de valor sobre el acusado que ponen en riesgo la presunción de inocencia o críticas al juez en el transcurso del proceso que puedan desvirtuarlo. La ley se ha está viendo desbordada por internet, donde el control que se les exigía a los viejos periódicos tradicionales no opera en un océano que parece inabarcable. La Contempt actúa a toro pasado. Los medios pueden publicar lo que quieran, pero se arriesgan a sanciones si vulneran la ley.

Informa Luis Ventoso

Francia

En Francia, la violación del secreto de la instrucción penal puede castigarse con un año de cárcel y 15.000 euros de multa; pero la jurisprudencia nacional y europea favorable al secreto sobre las fuentes periodísticas complica mucho cualquier procedimiento jurídico. Se trata, en el caso francés, de una compleja «cuadratura del círculo» jurídico.

El secreto de la instrucción penal obedece al principio clásico de la presunción de inocencia. Jueces y abogados pueden pedir y conseguir la información pertinente para mejor defender la causa de los acusados. Los sencillos o laberínticos caminos seguidos por la información de un proceso en curso de instrucción complican mucho el delito o presunto delito de filtración de secretos judiciales.

Los más diversos códigos deontológicos, franceses y europeos protegen de manera muy estricta el secreto confidencialidad de las fuentes periodísticas. El Tribunal Constitucional y el Consejo de Europa lo han repetido en bastantes ocasiones.

Varios gobiernos han intentado «organizar» de manera jurídica ese principio cardinal del secreto absoluto, que ya está amparado por el Consejo de Europa. Pero la jurisprudencia del Tribunal Constitucional tiende a respetar el derecho a la protección de las fuentes periodísticas.

Durante los últimos treinta años, algunos de los protagonistas de grandes escándalos de Estado (ELF, Dumas, etcétera) intentaron denunciaron la violación del secreto de la instrucción. Una y otra vez, legislación y jurisprudencia confirmaron el principio de la protección de las fuentes periodísticas.

Informa Juan Pedro Quiñonero

Fuente: Abc.es (1/5/15)

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