Cómo deben tributar ‘youtubers’ y ‘streamers’: Renta y otros impuestos

Los youtubers saltaron al agrio debate sobre la contribución fiscal en enero, cuando El Rubius anunció que se mudaba a Andorra. Compañeros de profesión como TheGrefg, Lolito, Vegeta777 o Willyrex llevan años establecidos en el Principado. Se trata de las grandes estrellas de un sector pujante que comparte realidades con streamers e influencers y en el que cada vez participan más pequeños operadores que tienen una serie de obligaciones fiscales que atender, en la presente Campaña de la Renta, que acaba el 30 de junio, y en otros impuestos, que EXPANSIÓN ofrece en una guía. Así, independientemente del tamaño de su canal, los streamers deben emitir facturas a sus clientes de las que deben retener el IVA del 21% e ingresarlo a Hacienda, y si ser streamer es una actividad habitual, tendrán que darse de alta como autónomos.

Pequeños ‘streamers’

Aunque la figura del youtuber y su actividad económica ya están consolidadas, plataformas como Twitch ofrecen a los creadores de contenido un espacio nuevo en el que plasmar su creatividad. Son muchos los streamers que comienzan su carrera porque disfrutan creando contenido y poco a poco se ha ido consolidando como una actividad profesional, que implica una serie de responsabilidades ante Hacienda.

¿Deben darse de alta como autónomos o hacer la declaración de la Renta?

Antes de empezar la actividad económica y obtener ingresos, el creador deberá darse de alta como autónomo cuando la actividad se realice de manera habitual o los ingresos superen el salario mínimo interprofesional. El alta como autónomo supondrá el pago mensual de la cuota de autónomos a la Seguridad Social, se hayan percibido o no ingresos, la declaración de los impuestos correspondientes, habitualmente presentados trimestralmente, así como la emisión de facturas por los servicios o ventas efectuados. El creador de contenido debe aplicar el IVA del 21% del importe del servicio, mientras que el IRPF se calcula en función de los ingresos obtenidos.

¿Pueden beneficiarse de alguna bonificación?

Para nuevos autónomos existe una bonificación de la cuota de la Seguridad Social conocida como la tarifa plana de autónomos, lo que supondrá el pago de 60 euros en vez de los 281 euros en los demás casos.

¿A partir de qué umbral debe declarar?

Un canal pequeño, que pudiera contar con unos 5.000 suscriptores y una media de 3.000 visualizaciones en sus vídeos, ya podría estar generando ingresos. El IRPF que corresponderá pagar por un canal pequeño, que genere unos 300 euros al mes, sería 0, pues en este caso no se superaría el mínimo de 5.500 euros anuales que tributa a tipo 0. En las facturas, habrá que retener el 7% de IRPF, pero si no se tienen otros ingresos, la declaración de la Renta será a devolver.

¿Le interesa hacer la declaración?

Es posible que un streamer pequeño no tenga que hacer declaración de la renta, ya que en el caso de los autónomos sólo es obligatorio si los ingresos superan los 1.000 euros al año. Aun así, el creador de contenido podría estar interesado en hacerla ya que es probable que el resultado fuera una devolución.

‘Streamers’ medianos

Se podría considerar un canal mediano aquél cuyos vídeos puedan tener una media de 100.000 visualizaciones y unos 250.000 suscriptores.

¿Qué contribución deben hacer a Hacienda?

Cuando los ingresos se van incrementando, a los streamers se les aplica el mismo tipo progresivo de IRPF que al resto de la población española, que varía desde el 15% al 54% dependiendo de sus ingresos anuales y su lugar de residencia. Un canal de tamaño intermedio que recibe más visualizaciones e ingresos deberá contribuir una mayor cantidad a Hacienda. Por ejemplo, si los ingresos fueran de 2.000 euros mensuales, según estimaciones de TaxScouts, plataforma para la gestión de impuestos online, el IRPF a pagar a final de año sería de en torno al 13%.

¿Qué retención le conviene?

En caso de ser nuevo autónomo, puede optarse por retener el 7% de IRPF en las facturas, en cuyo caso es probable que la declaración de la Renta salga a pagar si no se han tenido muchos gastos deducibles, o retener el 15% para que salga a devolver.

¿Deben declararse los regalos de las marcas?

Cuando la carrera de un streamer empieza a crecer, debe tener otros aspectos en cuenta a la hora de realizar su declaración de la Renta. Son muchas las marcas que pagan a los creadores de contenido con productos, no sólo para que éstos puedan probarlos, sino que también se les entrega como obsequio para tratar de obtener una buena crítica. A pesar de ello, a ojos de Hacienda, esto se considera retribución en especie, por lo que se debe declarar también ese tipo de regalos si forman parte de su retribución.

Grandes ‘streamers’

Los grandes canales de Twitch y YouTube, que cuentan con millones de suscriptores y visualizaciones como AuronPlay, Vegeta777, TheGrefg o El Rubius, también deben contribuir más a Hacienda y hacer frente a los tramos superiores del IRPF. Es por ello que algunos han decidido trasladar su residencia a Andorra. Según el artículo 4.2 del Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra, para poder realizar el cambio de residencia fiscal, el contribuyente debe tener en su lugar de destino su domicilio único, trasladarse con su pareja e hijos en el caso de tenerlos y residir un mínimo de 183 días al año en Andorra, entre otros requisitos.

¿Cuál es la política de Hacienda?

La Agencia Tributaria ha anunciado que intensificará este año sus actuaciones de control sobre grandes patrimonios que fingen residir fuera de España, para lo que ha creado un censo de varios miles a partir de información de más de 70 fuentes.

¿Cuál es su contribución a Hacienda?

Este tipo de canales pueden llegar a ingresar más de 300.000 euros anuales y, por lo tanto, se les aplica el último tramo del IRPF, de hasta el 54% en la Comunidad Valenciana desde el pasado 1 de enero, y del 50% o más en Canarias, Cataluña o Asturias.

¿Hay fórmulas para aligerar la tributación?

Algunos grandes streamers pueden preferir crear su propia empresa dependiendo de los beneficios fiscales que les suponga. Esta práctica puede ser cuestionada por Hacienda. Para evitarlo, además de tener medios materiales y humanos, José Manuel Gómez, asesor fiscal de TaxScouts, señala que hay que facturar el 75% de los beneficios a la persona física, el streamer. El resto sí se aplica en el Impuesto sobre Sociedades.

Sebastián Olivera, country manager de TaxScouts España, advierte de que “el streaming se ha convertido en una forma de ganarse la vida para muchos jóvenes, pero, en muchas ocasiones, la falta de conocimiento sobre la fiscalidad puede llevar a ser sancionado por Hacienda”.
Un canal con unos 5.000 suscriptores y una media de 3.000 visualizaciones ya podría generar ingresos.

Fuente: expansion.com (22/4/21) Pixabay.com

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