Derechos laborales de la mujer embarazada

Hace unos días, en Pymes y Autonómos se escribió un excelente artículo sobre las preguntas incómodas o ilegales que no deberían realizarse en una entrevista de trabajo.

Entre ellas destaca la conocida por todas las mujeres: ¿Piensas quedarte embarazada?

Tan personal como tu orientación sexual

En principio el hecho de que una mujer tenga pensado o no tener hijos sólo debería afectar a su persona y a su pareja. Pero por lo visto, no es suficiente que planteen la fatídica pregunta conocidos o familiares, sino que a nivel empresarial resulta fascinante esa información.

En mis carnes lo viví de mano de una mujer. Me preguntó si pensaba tener niños porque a la persona que iba a sustituir se encontraba de baja por maternidad y «le había hecho una jugada…», por mantener un lenguaje cortés. Era una mujer y tenía un niño de unos cuatro años. Resumen: la jefa podía tener hijos pero las empleadas no.

¿Falta de compromiso con la empresa por estar embarazada?

En absoluto. Muchas mujeres apuran hasta el último día de su embarazo para acudir a su puesto. El empresario busca la productividad, lo cual es lógico, pero por alguna extraña razón la gente quiere seguir teniendo hijos (ironía)

Obviamente si hablamos de empresas grandes es más fácil que la reducción de jornada tras el parto no signifique una catástrofe si se solicita, siempre y cuando la empleada pueda trabajar desde casa. Pero siendo francos ese tipo de trabajo no es el habitual.

La Ley está del lado de las mujeres en este caso: derecho a una excedencia aunque luego los casos de despido durante el embarazo estén ahí y sean una realidad.

Derechos laborales de una mujer embarazada

1.En caso de embarazo de riesgo, tendrá derecho a recibir una pensión contributiva por maternidad de la Seguridad Social.

2.Si la actividad laboral conlleva esfuerzos físicos se debe notificar a la empresa y tendrá derecho a un reemplazo de actividad.

3.La baja por maternidad es uno de los derechos fundamentales de la mujer embarazada que se encuentra en situación de empleo activo. El permiso consiste en 16 semanas ininterrumpidas.La cuantía de la baja por maternidad es del 100% del salario normal.

4.La mujer también dispone por ley de un permiso de una hora libre para la lactancia, hasta que el recién nacido cumpla 9 meses, que no podrá coincidir con el inicio o el fin de la jornada laboral.

Despido por estar embarazada

Es difícil demostrar que una mujer ha sido despedida por esta razón. Pero si el rendimiento sigue siendo el mismo tiene a su disposición una serie de vías legales que respaldarán su protección laboral.

Si se diera el caso del despido, ésta podría denunciar su situación a la Inspección de Trabajo, siempre que existan pruebas evidentes de acoso (correos, cartas, mensajes, etc.).

Otra medida es solicitar una indemnización por despido improcedente.Las causas serían la discriminación sufrida con motivo del embarazo.

Fuente: Pymesyautonomos.com (24/8/17) Pixabay.com

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