Hacienda intensificará la búsqueda de alquileres sin declarar + normativa aplicable

«Si combatir el fraude ha sido siempre un objetivo prioritario, en estos momentos resulta esencial» dice el texto publicado ayer en el boe y que tiene como fin aprobar las directrices para el control tributario en 2012. El descubrimiento de los arrendamientos no declarados de viviendas y locales de negocio será uno de los ejes de la lucha contra el fraude este año.

El control tributario pretende poner coto al fraude fiscal en España. Para ello propone, entre otras medidas, desarrollar una intensa campaña de control de viviendas y locales comerciales con el fin de sacar a la luz aquellos en los que, “pese a existir indicios relevantes de su uso cotidiano por personas físicas o jurídicas distintos de sus propietarios, no son declarados como arrendados”. Para lograr su objetivo, el Gobierno indica que cruzará la información obtenida en la declaración de la renta de las personas físicas con los datos del consumo de energía eléctrica y con la información disponible en el catastro.

Las rentas inmobiliarias, “en particular, las obtenidas en las operaciones más complejas del ámbito urbanístico o las generadas mediante transmisiones sucesivas de un mismo inmueble entre varios sujetos” también centrarán los focos del control tributario. Además, el Gobierno señala que potenciará el intercambio de información entre las administraciones estatal y autonómicas sobre las operaciones inmobiliarias, por “la repercusión del valor comprobado por una administración en las actuaciones de comprobación de la otra administración”

Hacienda dice que vigilará de cerca además las operaciones inmobiliarias más significativas que puedan tributar por el impuesto de iva o de transmisiones patrimoniales (itp) y actos jurídicos documentados (iajd) para evitar irregularidades.

Por otra parte, el boe recoge que este año se intensificarán las actuaciones dirigidas al descubrimiento de rentas no declaradas en otros ámbitos. Para ello investigará a las personas que muestren signos externos de riqueza que evidencien una capacidad económica mayor a su renta o patrimonio declarada, las actividades profesionales, de artistas o deportistas para descubrir ingresos no declarados o gastos ficticios o las operaciones realizadas en efectivo y de elevado importe, entre otras.

Normativa: http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/01/pdfs/BOE-A-2012-2882.pdf

Fuente: Idealista
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