Las pachangas de fútbol entre comerciales de Altadis y estanqueros son tiempo de trabajo

Entre el decreto ley que obliga a fichar a los empleados, las dudas sobre si la pausa del bocadillo o la del pitillo cuentan como horario laboral y la nueva sentencia del Supremo, es cada vez más difícil saber qué actividades son trabajo y cuáles no.

El Tribunal Supremo ha dictado en una sentencia que los partidos de fútbol que este año han jugado los comerciales de Altadis con los estanqueros forman parte de la jornada laboral. Esta sentencia llega después de que los sindicatos CCOO, UGT y CSIF recurrieran un fallo de la Audiencia Nacional que decía lo contrario.

Desde Imperial Tobacoo España (Altadis) explican que este torneo fue una iniciativa de la compañía, era «una acción comercial más de relación con los clientes», en este caso los estanqueros.

Voluntario

Se fijaron unos partidos en horario de tarde, una vez concluida la jornada laboral, y se invitó a los comerciales «que así lo quisieran a participar, pero de manera voluntaria», señalan.

Los sindicatos consideraron que, al realizarse fuera del horario y al haber sido una iniciativa de la compañía,estos encuentros entre comerciales y clientes debían considerarse como horario de trabajo.

La empresa, por el contrario, «consideraba que era ocio, porque los partidos (cuatro o cinco) se realizaron por la tarde y eran voluntarios. Era para tener una buena relación con los clientes».

La empresa tendrá ahora que pagar las horas extrascorrespondientes a los trabajadores que lo reclamen. Se les pagará las horas de los partidos que hayan jugado, explican en la compañía. «Todavía no sabemos ni siquiera si los trabajadores van a reclamar», dicen.

Para los estanqueros no cuenta

Desde la Unión de Estanqueros ironizan señalando que desconocían que la existencia de estos partidos y menos que «estuvieran tan institucionalizados» como para haber llegado al Supremo.

Sí matizan que los estanqueros «son autónomos» así que para ellos la pachanga sí que no cuenta como trabajo,porque «tienen que cumplir su horario en el estanco» y, después, acudir si quieren a los partidos.

Si los encuentros comerciales sí cuentan, de momento es cosa de las empresas determinar si la pausa del bocadillo o del café cuenta como tiempo de trabajo o no.

El Ministerio de Trabajo deja en manos de las compañías decidir qué es lo que quieren hacer con estas paradas y si las incluyen como tiempo trabajado o, por contra, si las dejan fuera del registro horario que deben llevar a cabo como consecuencia de la norma que entró en vigor el 12 de mayo.

Fuente: Elmundo.es (11/6/19) Pixabay.com

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