Publicada la Ley de reformas Urgentes del trabajo autónomo

Por fin tras varios días desde su anuncio ha sido publicada la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo en el BOE de hoy. El texto ya es conocido y no incluye ninguna novedad, aunque es interesante acudir a ella para revisar las posibles dudas que pudiéramos tener a la hora de revisar determinados aspectos.

La entrada en vigor se produce mañana, al día siguiente de su publicación, excepto los artículos 1, 3, 4 y 11 y las disposiciones finales primera, segunda, tercera y novena, que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2018. O dicho de otra manera, la ley se publica, pero para la mayoría de sus disposiciones no será efectiva hasta el año que viene.

Los artículos pospuestos a inicios de año son los referidos a:

  • Nuevo régimen de recargo por ingresos fuera de plazos.
  • Extensión de la cuota reducida para los autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia. Así que si te quieres dar de alta y aprovechar la nueva tarifa plana para ahorrarte un dinero, mejor esperar a primeros de año.
  • Los beneficios en la cotización para personas con discapacidad o víctimas de violencia de género y del terrorismo que emprendan.
  • Los gastos de suministros si trabajas en casa y las dietas de los autónomos.
  • El alta en autónomos pagando desde el día que se produce.
  • Los cambios de cotización en la base
  • Los cambios en el régimen sancionador

De esta manera es una ley que entra en vigor en diferido, tal y como ya estaba anunciado. La mayoría de los aspectos fundamentales que modifican se quedan fuera hasta el próximo ejercicio fiscal.

Fuente: Pymesyautonomos.es (25/10/17) Pixabay.com

 

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