A principios de 2026, entrará en vigor un nuevo Real Decreto-ley que impondrá el registro de jornada exclusivamente por medios digitales para todas las empresas con personal asalariado en España.

Esta reforma sustituirá el marco establecido por el Real Decreto-ley 8/2019, eliminando la validez de los sistemas manuales como el papel y las hojas de cálculo, los cuales han sido considerados «opacos» y «fácilmente manipulables» por la jurisprudencia de la Audiencia Nacional.
Los objetivos centrales de la nueva normativa son combatir el fraude en las horas extraordinarias no remuneradas, garantizar el cómputo del «tiempo de trabajo efectivo» y reforzar el derecho a la desconexión digital.
Para ello, los sistemas digitales deberán cumplir estrictos requisitos de fiabilidad, inmutabilidad, trazabilidad y seguridad.
Adjuntamos un video explicativo, con los siguientes puntos:
- Adiós al papel y al excel
- Las nuevas reglas
- Caso concreto: transporte
- Las sanciones
- La oportunidad oculta
Será obligatorio que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pueda acceder a los registros de forma remota e inmediata, sin intervención previa de la empresa.
El contenido del registro se amplía, exigiendo la documentación no solo del inicio y fin de la jornada, sino también de todas las pausas y descansos. Asimismo, las horas extraordinarias deberán registrarse individualmente, junto con su correspondiente compensación.
Se prohíbe expresamente el uso de tecnologías biométricas (huella dactilar, reconocimiento facial) para el fichaje, por considerarse desproporcionadas.
Se estudia en concreto el sector del transporte, resolviendo dudas como a quien se aplica de la plantilla, si el tacógrafo sustituye o no al registro horario (cuando en realidad responden a leyes distintas, siendo ambos obligatorios). También se informa del registro correcto del tiempo de presencia.
El cambio más significativo se produce en el régimen sancionador. Las multas, que actualmente se aplican por empresa, pasarán a cuantificarse individualmente por cada trabajador afectado, con propuestas que elevan las sanciones hasta los 10.000 euros por empleado.
Se espera que la tramitación del decreto concluya a finales de 2025, con un periodo de adaptación muy breve (20 días tras su publicación en el BOE), lo que exige a las empresas una anticipación inmediata para adaptar sus procesos y herramientas.
Fuentes:
- Guía sobre el registro de jornada (Ministerio de Trabajo)
- Notebook lm