Autorización desde el 1 de octubre para Andorra

andorraA partir del 1 de octubre es obligatorio para los transportistas españoles disponer de una autorización bilateral específica para realizar transporte con destino, origen o en tránsito por Andorra.

Hace dos años el reino de España y el Principado de Andorra firmaron un Acuerdo de transporte internacional por carretera entre ambos países que establece la obligación para los transportistas españoles de disponer de una autorización bilateral específica para realizar transporte con destino, origen o en tránsito en Andorra.

Aunque debería haber entrado en vigor el pasado 1 de enero, Andorra no ha solicitado dicha autorización bilateral a nuestros transportistas bastando para ello la licencia comunitaria, pero a partir del próximo 1 de octubre la licencia comunitaria ya no será suficiente. Hay que solicitar dicha autorización bilateral, con un coste de 126 euros por vehículos, y hay que hacerlo en el Ministerio de Fomento que es quien tiene competencia para el transporte internacional. La autorización tiene una vigencia de un año y durante la misma puede ser utilizada tantas veces como sea preciso.

Dicha autorización bilateral habilita para realizar transporte con origen, tránsito y destino en Andorra por los vehículos matriculados en territorio español y además hacer una única operación de cabotaje como continuación de ese transporte internacional.

Solo quedan exentos de esta autorización bilateral obligatoria los transportes ligeros (hasta 3,5 Tn. de MMA) y los privados.

Fuente: Fenadismerencarretera.com (30/9/16) Pixabay.com

Sobre Tarraco 4373 artículos
Asesoría de empresas Gestoría Tarragona

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.




Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.