¿Cuáles son los movimientos bancarios que levantan sospechas en la Agencia Tributaria?

A menudo, los ciudadanos se enfrentan a interrogantes acerca de los límites de dinero que se pueden depositar o retirar de un cajero automático sin necesidad de comunicarlo a la Agencia Tributaria, así como en qué momentos es obligatorio informar sobre ciertas operaciones financieras.

En la actualidad, esta consulta se hace aún más pertinente debido a las políticas de prevención de fraude y blanqueo de capitales, que imponen restricciones y obligaciones tanto a las entidades bancarias como a los usuarios.

Hay que saber que a Hacienda le gusta tener todo controlado, por lo que podrá revisar las operaciones de los ciudadanos, siempre que cuente con sospechas de que se puede estar cometiendo una ilegalidad.

Acciones que el banco notifica a Hacienda

Actualmente, se pueden retirar hasta 3.000 euros de un cajero automático en una sola operación sin necesidad de justificarlo ante la Agencia Tributaria. En caso de que un usuario desee retirar cantidades superiores a los 3.000 euros, debe coordinarlo directamente con su entidad bancaria y probablemente presentar un justificante que será remitido tanto a la Agencia Tributaria como al Banco de España.

De manera similar, existe un límite para los depósitos en efectivo en una cuenta, siendo de 3.000 euros la cantidad máxima que se puede ingresar sin necesidad de justificación, ya sea sea ocasional o de manera regular.

Si se acude al banco a cambiar o ingresar uno o varios billetes de 500 euros, la entidad también deberá informar a la entidad. Así ocurre también con la concesión de préstamos y créditos con un valor superior a los 6.000 euros, o cualquier operación que exceda los 10.000 euros.

También informará de retenciones e ingresos vinculados a operaciones de compraventa, así como de los ingresos por actividades de capital inmobiliario, tales como transacciones de compraventa o arrendamiento de propiedades residenciales o comerciales.

Acciones que los ciudadanos tienen que declarar

La normativa española establece ciertas obligaciones en relación con la movilización de grandes sumas de dinero para prevenir el fraude fiscal:

  • Para las transacciones internacionales: ya sea enviando o recibiendo dinero desde el extranjero, se requiere declarar cualquier cantidad que alcance o supere los 10.000 euros o su equivalente en otra moneda. Esto aplica tanto para las transferencias electrónicas como para los pagos directos.
  • Al viajar: cualquier persona que entre o salga de España llevando consigo 10.000 euros o más, o el equivalente en cualquier otra moneda, debe declararlo ante las autoridades aduaneras. Esto incluye no solo efectivo, sino también cheques, cheques de viajero, órdenes de pago, y cualquier otro medio físico de transporte de valor.
  • Dentro del territorio español, los movimientos bancarios que superen los 100.000 euros, o su equivalente en otras monedas, están sujetos a vigilancia. Esta medida busca monitorear y controlar operaciones financieras significativas que podrían indicar actividades de evasión fiscal o lavado de activos.

Fuente: infobae.com (14/5/24) pixabay.com

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