Esta sería la nueva orden de módulos para autónomos en 2025: límites y condiciones

El Ministerio de Hacienda ha sacado a trámite de información pública la orden por la que se desarrollará el método de estimación objetiva por el que tributan los autónomos en el IRPF y declaran el IVA. De aprobarse, en las próximas semanas, en 2025 se mantendrán los límites establecidos para este año, así como la reducción del 5%.

En concreto, los autónomos que podrán mantenerse o acceder al sistema de módulos en 2025 serán aquellos que declaren unos rendimientos netos inferiores a 250.000 o 125.000 euros este año, dependiendo de si facturan a otras empresas o venden directamente a consumidores particulares.

También se mantendrá la reducción del 5% para todos los autónomos en módulos, a excepción de aquellos afectados por el desastre natural de la DANA, que podrán minorar el 25% de sus beneficios, como contó este diario hace unos días. Según se recoge en la orden, en 2025 se eliminará “la compensación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca”, que el Gobierno aprobó para este año tras alcanzar un acuerdo con las asociaciones.

El próximo año, además, podría ser el último en el que los autónomos puedan acceder al sistema de módulos, si termina aprobándose la reforma fiscal que negocia el Gobierno. Una cuestión que afectaría directamente a unos 600.000 trabajadores por cuenta propia que tributan dentro del sistema de estimación objetiva.

Hacienda mantendrá en 2025 los límites para que los autónomos tributen en módulos

 Según se recoge en la orden de módulos para 2025 que Hacienda sacó este miércoles a información pública, con relación al IRPF “se mantienen para el ejercicio 2025 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación”. Asimismo, “por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la presente orden también mantiene, para 2025, los módulos, así como las instrucciones para su aplicación.”

Por tanto, los autónomos que quieran tributar en estimación objetiva el próximo año, podrán hacerlo siempre y cuando cumplan los siguientes límites:

  • No hayan superado el umbral de ingresos de 250.000 euros en 2024, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares.
  • Si facturan a empresas, el umbral no debe superar los 125.000 euros anuales en 2024, teniendo en cuenta las operaciones por las que se está obligado a expedir factura.

Además, la orden fija los plazos para que los autónomos que quieran renunciar al sistema de módulos en 2025 puedan hacerlo sin penalización. En concreto, podrán hacerlo desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) -algo que ocurrirá en las próximas semanas- hasta el 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, como contó este diario hace unos días, la Agencia Tributaria abrirá el próximo 1 de diciembre, y hasta el 1 de enero de 2025, el plazo para que los autónomos que no están tributando actualmente en módulos y quieran entrar en el sistema de estimación objetiva el próximo año puedan hacerlo.

Se mantiene la reducción del 5% en módulos, también para los autónomos del campo

Por otro lado, la orden establece que, “como en años anteriores, se establece una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva.”

La aprobación del documento eliminaría así las reducciones especiales que el año pasado se aprobaron para diferentes colectivos de autónomos, como los agricultores y ganaderos, que pudieron minorar este año un 15% de sus rendimientos después de las movilizaciones que concluyeron en un acuerdo con el Gobierno.

Así, en 2025 se eliminará “la compensación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA en el cómputo de la magnitud excluyente basada en el volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas”.

Los autónomos en módulos afectados por la DANA podrán deducir un 25% de su rendimiento

En este apartado, como se recoge en la orden, cuenta con una excepción: los autónomos afectados por la DANA podrán reducir un 25% sus rendimientos netos de este año para entrar en los límites que les permitan tributar por estimación objetiva en 2025. Así lo aprobó el Gobierno hace unos días, dentro del paquete de medidas de ahorro fiscal a causa del desastre natural.

Asimismo, estos autónomos también podrán reducir en un 25% las cuotas devengadas por operaciones corrientes en el régimen simplificado del IVA.

Por otro lado, otra de las medidas que contempla el decreto es la posibilidad, para estos autónomos, de renunciar de forma excepcional a aplicar el régimen de módulos en 2024, “sin que esta decisión impida que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de módulos en 2025 o 2026, si así lo desea. Se trata de un procedimiento similar al ya establecido durante la pandemia”, explicaron desde el Gobierno.

Fuente: autonomosyemprendedor.es (18/11/2024) pixabay.com

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