La indemnización por despido pasará a tributar en el IRPF tras la reforma

despedidoLa indemnización del despido pasará a tributar en el IRPF. Así lo trasladan fuentes conocedoras de la reforma fiscal que ultima el Gobierno, que explican que este gravamen se aplicará a partir de un mínimo exento. Con esta medida, Hacienda limita las deducciones y compensa la rebaja del Impuesto sobre la Renta, que será “sustancial”, según ha subrayado Mariano Rajoy.

Desde la reforma laboral de 2012, los despidos que no lleguen a conciliación tributan. Hacienda quiere ahora extender el gravamen a todos los despidos. De hecho, la interpretación que hace en los últimos meses el Fisco de la fiscalidad del despido es muy estricta, según trasladan expertos y afectados, que ponen de ejemplo consultas de la Dirección General de Tributos que obligan a tributar a determinados despidos improcedentes.

La indemnización depende del salario, de la antigüedad y del momento en que se produzca el despido respecto a la reforma laboral. Según datos de Empleo y del Consejo General del Poder Judicial, la cuantía media puede rondar los 10.000 euros.

Navarra y País Vasco ya gravan el despido improcedente pero lo hacen a partir de los 180.000 euros en una medida que se dirige a directivos. Desde 2013, el Gobierno se ha decantado por un mecanismo progresivo para penalizar la retribución variable y las rentas irregulares. Hasta el 31 de diciembre de 2012, los blindajes se aplicaban una reducción del 40% en los primeros 300.000 euros y el resto tributaba al tipo marginal máximo, de entre el 52% y el 56%, según la comunidad autónoma.

Desde el 1 de enero de 2013, depende de la ganancia del directivo. Si la indemnización es inferior a 700.000 euros, no hay variación. En cambio, si está comprendida entre 700.000 euros y un millón, el actual límite de 300.000 euros sobre el que se aplica la reducción del 40% afecta a la diferencia entre la cuantía de la indemnización y 700.000 euros. El resto tributa al tipo marginal. Los blindajes superiores a un millón de euros, la mayoría de los de las empresas del Ibex, son los más castigados: tributan al tipo máximo. Pero, además, las empresas no pueden deducirse las indemnizaciones superiores a un millón de euros, que tributan al tipo normal del 30% a partir de esa cantidad.

El Comité Lagares propone que el despido tribute sin ningún tope. “Los despidos basados en causas económicas entran dentro de lo que hay necesariamente que prever cuando se suscribe un contrato de trabajo aparentemente indefinido pero que está sujeto en cuanto a su duración, inevitablemente, a las circunstancias económicas por las que pase la empresa”.

Por ello, los expertos creen que “las indemnizaciones cuando se perciben por esta causa no deberían estar exentas del IRPF, porque esa pérdida ya está definida” de antemano. Los sabios argumentan que, en caso de improcedencia, la mayor indemnización ya supone un beneficio extra y que, además, muchos empresarios se alían con los trabajadores para “conseguir la calificación de improcedentes, gozando así, a costa de la Hacienda Pública, de la correspondiente exención”.

En el caso de que todos los despidos tributaran al completo, el Estado recaudaría cerca de 1.000 millones de euros al año. Los tribunales avalaron indemnizaciones por despido con una cuantía de 2.403 millones de euros en 2012, a los que se suman 1.219 millones en vía administrativa, lo que supone un total de 3.622 millones. Si se les aplica un tipo medio del IRPF del 30%, resulta una cuantía de 1.086 millones.

Fuente: Expansion.com (11/6/14)

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