La litigiosidad laboral se dispara en contra de lo previsto por la reforma

Los casos laborales llegados a los juzgados de lo social y de lo mercantil en el primer trimestre de 2012 indican que tras mes y medio de aplicación de la reforma laboral -que entró en vigor el 12 de febrero- la litigiosidad se ha disparado. Esto contradice las previsiones del Gobierno y del propio Poder Judicial, que ha previsto una caída de casi un 1% en la actividad de la jurisdicción social este año.

Cuando se conoció el contenido de la reforma laboral del Gobierno de Mariano Rajoy, una de las primeras advertencias de muchos abogados y magistrados del sector fue que la nueva normativa supondría un aumento del número de casos que llegarían los juzgados de lo social. Y, transcurridos ya seis meses con el nuevo marco legal, la inmensa mayoría de los implicados siguen de acuerdo en llamar la atención sobre este efecto negativo de la reforma.

Sin embargo, los responsables gubernamentales negaron rotundamente esta consecuencia desde un principio. La ministra de Empleo, Fátima Báñez, argumentó en varias ocasiones que uno de los principales cambios de la reforma consistía en clarificar las causas en los despidos objetivos para facilitar su procedencia y evitar así «su excesiva judicialización».

En esta misma línea, las proyecciones elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial estiman que en 2012 la jurisdicción social registraría un descenso del número de casos pasando de los 437.691 de 2011 a 434.415 en el presente ejercicio. Esto supondría un descenso de casi el 1% en el número de asuntos judiciales laborales. Y aunque se trataría de un descenso leve, los primeros datos estadísticos conocidos ya dan al traste con esta tendencia de menor judicialización prevista por Gobierno y Poder Judicial.

Así, según un informe del Consejo General del Poder Judicial sobre el impacto de la crisis en los juzgados, en el primer trimestre del año las demandas de despidos registrados en la jurisdicción social sumaron 33.651, un 10,6% más que en el mismo periodo del año anterior. Asimismo la reforma tampoco ha ayudado a mantener muchas empresas ya que el número de concursos llegados a la jurisdicción mercantil fue de 2.541, un 20% más, y los incidentes laborales y de expedientes de regulación de empleos (ERE) dirimidos en esta última jurisdicción se incrementaron un 70%, hasta los 615.

Fuentes del sector creen que el mes y medio de aplicación de la reforma laboral en este trimestre -ya que entró en vigor el 12 de febrero- ha influido en este aumento de la litigiosidad. En concreto, apuntan dos cambios legales que amparan un mayor recurso a los jueces: que los despidos colectivos por causas objetivas sean ahora recurribles a la jurisdicción social (antes pertenecían a la contencioso-administrativa); y la eliminación del despido exprés (que eran siete de cada diez extinciones) y que daba la posibilidad al empresario de reconocer la improcedencia del despido y abonar su indemnización llegar al juzgado.

Ahora, la práctica totalidad de este tipo de despidos ya ha ingresado en los juzgados, según los datos que maneja el Ministerio de Empleo. Los datos de este departamento sobre los asuntos judiciales resueltos en este primer trimestre en los juzgados de lo social también reflejan un aumento del 5,2%.

Juicios a más de un año vista

Y la preocupación de laboralistas y jueces ante estos datos es su consecuencia práctica: el retraso en las resoluciones judiciales. Tradicionalmente las sentencias de despido solían dictarse en cuatro o cinco meses y las de reclamación de cantidad en seis o siete. Esto ha cambiado hasta el punto de que, por ejemplo, la junta de jueces de lo Social de Sevilla haya pedido en junio la creación urgente de seis nuevos juzgados ante la «crítica» situación de los existentes, con juicios fijados para 2014 y 2015. Jueces consultados explican que en otras provincias se están señalando los juicios en el orden social para un año después de la presentación de la demanda. «Si en cualquier jurisdicción esto es inaceptable, en lo social más todavía», añade. Lo óptimo es que transcurran entre la entrada de la demanda y el juicio entre «cinco y seis meses», pero no más.

Fuente: Cincodias.com (21/8/12)

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1 comentario

  1. La reforma laboral de profundo corte neoliberal, a hecho pivotar todo el poder, en una relación, ya de por si, desigual, como es la relación entre el patrón y el asalariado, dando todo el poder al patrono ( hoy llamado «empresario» ), negando y eliminando y postergando la necesaria negociación colectiva, este nefasto gobierno, solo aplica «dictat», e imposición constantes a la parte más debil, que desprotegida y sometida sa la arbitrariedad del patrón, tiene como última esperanza el poder judicial: los juzgado y tribunales de lo social, esperemos que esten a la altura, al menos hasta que el pueblo español, arroje por medio de las urnas, dentro de tres años y medio a estos sujetos, a la eterna oposición.

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