La riada inundó mi casa, ¿quién paga?

riadaA Concha del Prado Gómez le pidieron que desalojara su chalé unos días por prevención. Cogió un bolso de mano y se fue a pasar el fin de semana a casa de su hijo en Zaragoza. Cuando volvió encontró su vivienda inundada hasta el techo.

“No hemos podido rescatar nada. Los perros se salvaron porque se subieron al tejado”, dice esta vecina de Los Huertos, una urbanización de Alfajarín que ha quedado completamente anegada por los recientes desbordes del Ebro.

La riada, que ha causado destrozos en Navarra, Aragón y País Vasco, empantanó los 300 chalés de la urbanización, situada a 15 kilómetros del cauce. “El desastre ha sido total”, afirma Del Prado, si bien reconoce que dentro de todo, ha tenido suerte, porque algunas casas “se han derrumbado”.

Al igual que ella, miles de pobladores de la ribera del Ebro han perdido sus bienes en la crecida más fuerte de los últimos 54 años. Muchos tenían aseguradas sus casas, comercios y coches, sin embargo, ninguna póliza en España cubre destrozos causados por eventos extraordinarios como terremotos, huracanes o inundaciones.

A las 24 horas de la crecida del Ebro, un equipo de peritos realizaba una primera evaluación

De modo que, ante sucesos como este, solo queda dirigirse al Consorcio de Compensación de Seguros. Aunque a veces se le confunde con una asociación de empresas, el CCS es una entidad pública que cubre los riesgos que el mercado no puede asumir, lo cual incluye daños ocasionados por fenómenos naturales, actos de terrorismo y tumultos populares. “La función del Consorcio es complementar al sector cubriendo los riesgos que no están previstos en las coberturas ordinarias”, explica Alejandro Izuzquiza, director de operaciones de la entidad.

La vecina de Los Huertos, por ejemplo, tenía contratado un seguro de hogar con Generali, por lo que tiene derecho a la indemnización del CCS. “El viernes pasado vino el perito del Consorcio y nos dijo que nos llamarían. No sé lo que nos van a ofrecer”, dice Del Prado, que estima en unos 20.000 euros los daños materiales básicos. “A eso habría que sumarle el coste de la pintura y el arreglo de las puertas”, añade.

Difícil acceso

Al respecto, Izuzquiza informa de que, a las 24 horas de producirse las inundaciones, el CCS envió a un equipo de peritos para realizar una primera evaluación de los daños. “Esta labor de urgencia ha sido más complicada de lo habitual porque no fue un evento producido en un momento determinado sino una siniestralidad progresiva, que ha durado varios días, lo que hacía que las estimaciones realizadas un día no sirvieran al siguiente, y porque no se podía acceder a todas las poblaciones afectadas”, precisa.

Pese a la dificultad, el CCS calcula que se han producido alrededor de 3.000 siniestros en Aragón, con un coste aproximado de unos 10 millones de euros; unos 800 en Navarra con un valor de 5 millones, y 400 en Guipúzcoa con un coste de 1,5 millones. “Pero si se produjeran más y por un importe mayor al estimado, el CCS lo asumirá”, aclara Izuzquiza.

Eso sí, para que el damnificado tenga derecho a la indemnización del Consorcio, es imprescindible que el bien se encuentre asegurado, ya que el CCS se financia básicamente con los recursos procedentes de un recargo que se aplica a las pólizas. Esta cuota es un tanto por mil del capital que figura asegurado en el contrato. Por ejemplo, en el caso de las viviendas, es un 0,08 por mil; en el de las oficinas, un 0,12, y en el de industrias, un 0,21.

La excepción son los automóviles para los que se ha fijado una cuantía fija que varía dependiendo del tipo de vehículo (3,50 euros en el caso de turismos y 17,60 en el de camiones). La razón de esta diferencia es que las pólizas de vehículos no establecen un capital asegurado, lo que impide al Consorcio disponer de una referencia sobre la cual fijar un tanto por mil.

Es importante tener presente también que para poder tener derecho a la indemnización del Consorcio, no sirve que el automóvil tenga el seguro obligatorio contra daños a terceros, sino que es preciso que el vehículo esté cubierto por algún seguro de daños propios, ya sea de lunas o cristales, contra incendios, robos, todo riesgo, etcétera.

El asegurado puede presentar la solicitud directamente o puede pedirle a su compañía de seguros que lo haga en representación suya. En cualquier caso, es preferible que las solicitudes se presenten por teléfono o Internet (www.consorseguros.es) en lugar de enviar la documentación a las oficinas del CCS. “Son los medios más seguros, rápidos y cómodos”, recalca Izuzquiza.

El asegurado debe facilitar sus datos, los de la póliza y los de los bienes afectados. Tan pronto como el Consorcio recibe esta información, queda registrada en su sistema informático. El usuario recibe entonces un número de registro para que tenga identificado en todo momento su expediente.

Los agricultores, por su parte, cuentan con Agroseguro, una agrupación de compañías de seguros agrícolas que cubre daños causados en las producciones por desastres naturales. En este caso, el asegurado puede enviar una declaración de siniestro por correo ordinario, fax o acudiendo a la oficina central o a las direcciones territoriales de la entidad. Las aseguradoras y los tomadores también pueden dar el parte por teléfono y en el caso de algunas líneas de seguros, enviarlo a través de la página web (www.agroseguro.es).

Ayudas

Algunos agricultores tienen asegurados sus cultivos con Agroseguro y la infraestructura con el Consorcio. Otros, como Fernando Pascual, propietario junto con su familia de una finca de 100 hectáreas, no tienen ni lo uno ni lo otro. La riada producida por el Ebro ha dejado anegados los cultivos de alfalfa y destrozado el dique que resguardaba la explotación. “Todavía no sabemos cómo nos van a ayudar a salvar esto, pero sin ayudas no podremos arreglarlo”, dice Pascual.

Por eso, la Diputación General de Aragón ha decretado ayudas para compensar hasta el 100% de los daños que no cubra el Gobierno Central, el Consorcio ni Agroseguro. Para acogerse a ellas, los afectados deben inscribirse en alguna de las tres oficinas de la Diputación, en la Ribera Alta, la Ribera Baja y Zaragoza ciudad.

Tenga preparada su póliza y el último recibo

Para agilizar el proceso, es conveniente que el asegurado tenga preparada su póliza y un recibo que acredite que se ha pagado la prima correspondiente a la anualidad en la que se ha producido la inundación. El perito examinará el contrato y el recibo, los digitalizará y adjuntará a su informe pericial. Posteriormente, el CCS abonará la indemnización al asegurado por transferencia bancaria.

¿Cuánto puede tardar en hacerse efectivo el pago? Alejandro Izuzquiza, del Consorcio de Compensación, destaca que a partir del momento en que todos los peritos se encuentren en las zonas afectadas, en 10 días empezarán a realizar los primeros pagos de los siniestros más sencillos de evaluar. A partir de esos primeros pagos, cada semana se irá incrementando el ritmo de pagos hasta que, al finalizar el tercer mes, entre finales de mayo y principios de junio, estén gestionados en torno al 85% de los siniestros.

“Habitualmente, al cuarto mes está concluido el 90% de los siniestros”, asegura. El 10% restante son los casos más complejos de peritar, aquellos que tienen la documentación incompleta o pendiente de aportar, o que han sido comunicados con retraso por el asegurado. En los casos que, por su dificultad, la peritación se prolongue, el Consorcio realiza anticipos a cuenta de la indemnización final, siempre que el perito considere que parte de los daños están plenamente valorados y justificados.

Fuente: Cincodias.com (20/3/15)

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