Las 15 grandes medidas del nuevo marco para los autónomos

  • 15Crear una subcomisión en el Congreso de los Diputados, que estudie una reforma del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).
  • Articular un sistema que permita que los autónomos cuyos ingresos reales no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional no tengan la obligación de cotizar y que reduzca las cargas administrativas, mejorando la capacidad de elección de las cotizaciones de todos los autónomos.

  • Establecer fórmulas de cotización para el trabajo autónomo a tiempo parcial y para el que tenga vocación de no habitualidad o complementariedad económica.
  • Alcanzar la plena compatibilidad entre la percepción de una pensión de jubilación con el desarrollo de una actividad por cuenta propia.
  • Facilitar la posibilidad de que los autónomos opten por que se les contabilice, de cara al cómputo de la pensión, la totalidad de la vida laboral.
  • Fortalecer la protección social de la que disfrutan los trabajadores autónomos, para hacerla equiparable a las prestaciones del régimen general, siguiendo el principio de que a igualdad de contribución debe corresponder igual grado de protección social.
  • En el primer mes de Gobierno se aprobará una Ley de Reformas urgentes del Trabajo Autónomo (registrada ayer) para reducir las cargas administrativas de los autónomos y mejorar su protección social, para que ningún autónomo tenga que cotizar o tributar por ingresos que no haya percibido efectivamente.
  • Ampliar la cuota reducida para los nuevos autónomos, para que quienes inicien un negocio paguen sólo 50 euros al mes durante el primer año, en lugar de los 6 meses actuales.
  • Establecer que en las altas y bajas a la Seguridad Social que no se realicen el primer día del mes, el importe de cotización se calcule únicamente por los días efectivos de trabajo del mes correspondiente.
  • Permitir hasta cuatro cambios al año en la base de cotización.
  • Modular el régimen de recargos en la cotización de la Seguridad Social para los autónomos: reduciendo la penalización del 20% actual a un abanico entre el 3% y el 20% de máximo.
  • Clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad: deducibilidad del 50% en el IRPF de gastos del autómovil, y en las facturas de suministro.
  • Bonificar la cuota en su totalidad de las trabajadoras autónomas durante la baja por maternidad o en caso de baja por riesgo médicamente demostrado durante el embarazo, incluso en los casos en los que no se contrate un trabajador de sustitución.
  • Equiparar los incentivos económicos de las madres autónomas que se reincorporen a su actividad en los dos años posteriores a la maternidad con los que disfruten las trabajadoras del régimen general.
  • Adecuar la composición, estructura y actividad del Consejo Económico y Social a la realidad económica actual, en particular para mejorar la presencia de las asociaciones de autónomos.

Fuente: Expansión.com (9/11/16) Pixabay.com

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