Las minutas del abogado están fuera del alcance de Hacienda

22027415-empresaria-en-el-trabajo-que-marca-los-datos-de-un-plan-de-negociosUna resolución fija que los colegios de abogados no están obligados a dar esta información.

Así lo ha determinado la Agencia Española de Protección de Datos (Aepd), que ha dado la razón al Colegio de Abogados de Málaga frente a Hacienda, a través de una consulta dada a conocer ayer por el propio Colegio. En ella se determina que la transmisión de los datos contenidos en el requerimiento de la Agencia Tributaria (Aeat) supone una «cesión ilegítima de información protegida, al carecer de transcendencia tributaria».

Se da respuesta así a la duda planteada por el Colegio malagueño para conocer si éste tiene o no obligación legal de facilitar información respecto de las tasaciones de minutas de honorarios profesionales.

El origen del conflicto se encuentra en un requerimiento de Hacienda, enviado a la institución el pasado mes de mayo de 2013, en el que se solicitó aportar «la totalidad de la información, referida a los ejercicios tributarios de 2009, 2010, 2011 y 2012, sobre los dictámenes emitidos referentes a las minutas de los colegiados» con el fin de detectar posibles irregularidades fiscales.

Sólo ante un tribunal Ante este requerimiento, el decano de la corporación decidió formular una consulta ante la Agencia Española de Protección de Datos en la que se aclarara la legalidad de la cesión. En ella se planteó a la Agencia que el Colegio de Abogados sólo emite informes sobre tasaciones de costas y jura de cuentas, en cumplimiento con el artículo 246.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en consecuencia, «estos dictámenes sólo se realizan a requerimiento de los Tribunales, sin que de ellos pueda deducirse una consecuencia tributaria directa».
Como respuesta, el Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos, tras haber analizado el escrito, manifiesta en su consulta que, «conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su reglamento de desarrollo, la transmisión de los datos contenidos en el requerimiento supone una cesión ilegitima de información».

Además de esta consulta, el Colegio de Abogados de Málaga aseguró ayer en un comunicado que la Junta de Gobierno de la corporación ya ha presentado una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (Tear) de Andalucía, en la que se alega «precisamente, la falta de trascendencia tributaria de la información requerida, la insuficiente motivación del acto administrativo y el carácter global e indiscriminado del requerimiento».

Fuente: Eleconomista.es (2/10/13)

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