¿Pueden los tractores entrar en la ciudad? Esto es lo que dice la DGT

Las protestas que iniciaron en Francia hace unas semanas y que se han extendido rápidamente por toda Europa, siguen en pie por tercer día consecutivo en nuestro país. Agricultores y ganaderos se están movilizando, causando interrupciones y bloqueos en carreteras de toda España en respuesta a las políticas agrícolas nacionales y europeas.

Entre otras cosas, los trabajadores del campo piden soluciones a los retos que enfrenta el sector, incluyendo la burocracia que sofoca al medio rural y la inequidad en las importaciones de productos agrícolas y ganaderos respecto a terceros países. Según los organizadores de las protestas, se prevé que las manifestaciones continúen a lo largo del mes de febrero.

Desde las primeras horas de la mañana de la jornada de hoy, varios miles de tractores han tomado las carreteras, entrando en las principales ciudades del país y colapsando la circulación. Esto ha dado lugar a que muchas personas se pregunten si es legal que los tractores circulen por las grandes urbes:

¿Los tractores pueden entrar en la ciudad?

Los tractores son vehículos de trabajo. Eso significa que a menudo deben moverse de un cultivo a otro. Esta circunstancia hace necesario que el tractor esté exento de cumplir algunos de los requisitos técnicos y normativas de circulación de la Dirección General de Tráfico, que serían inexcusables para otros tipos de vehículos autopropulsados que circulan por las carreteras españolas.Play Video

En principio, los tractores pueden circular por las carreteras de nuestro país, ya sea dentro o fuera de la población, de forma absolutamente legal. Además, si circulan por calzadas con dos sentidos en la misma dirección, tendrán derecho a elegir el carril que más les convenga. Aunque, eso sí, deben hacerlo a más de 30 kilómetros por hora, que es el mínimo legal establecido. Y si circulan a menos de 40 kilómetros por hora, deberán hacerlo con la señal luminosa V-2, independientemente de que sea de día o de noche.

En cuanto a la circulación por autovía… eso es otra historia. Un tractor puede circular por las vías de alta capacidad (es decir, por autovías o autopistas) siempre y cuando tenga la capacidad mecánica para alcanzar una velocidad mínima de 60 kilómetros por hora en terreno sin desnivel, de forma que pueda mantener el ritmo del tráfico sin causar demasiados inconvenientes ni retenciones innecesarias.

La única excepción a esta norma es si la vía en cuestión, ya sea urbana o de alta capacidad, presenta una señal R-111, que prohíbe específicamente la circulación de vehículos agrícolas. Estos, por sus características, son muy pesados y pueden dañar la infraestructura de la carretera o crear alguna situación de peligro. Pero, más allá de estas limitaciones, no existe ningún impedimento legal para que los tractores transiten por las carreteras españolas.

Fuente: larazon.es (8/2/24) pixabay.com

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