Casos concretos para saber si pagar el impuesto de sucesiones o acogerse a la gratuidad que implantó el Govern de Baleares

Alejandro del Campo, abogado del despacho de DMS Legal, informa que la gratuidad implantada por el Govern en el impuesto de Sucesiones está teniendo un impacto muy inferior al previsto, debido al elevado número de herencias con viviendas en las que los receptores están optando por renunciar a esa bonificación para evitar tener que pagar posteriormente cantidades superiores a través del IRPF.

Dado que en la inmensa mayoría de las herencias lo obtenido por cada beneficiario no supera los 700.000 euros, la cantidad a pagar por Sucesiones es solo el 1% del valor de lo recibido, por lo que no se trata de una cantidad económica excesiva, que es preferible pagar para evitar el citado pago posterior del IRPF, que grava entre un 19% y un 28% la teórica ganancia conseguida. Hay que tener en cuenta además que son muy numerosas las herencias en las que, además de cantidades económicas, se incluye alguna vivienda. Eso explica que los asesores legales estén recomendando en la mayoría de los casos pagar ahora el 1% de Sucesiones para evitar el IRPF en el futuro.

Casos concretos

En el primer caso, cuatro hijos recibieron en su herencia un inmueble con un valor de referencia catastral aproximado de 600.000 euros, cuando el de mercado se sitúa en torno a 1.800.000. El consejo que se ha dado es que se pague el 1% de Sucesiones por este último valor de mercado, es decir, 18.000 euros, renunciando a la gratuidad. El motivo es que si esa residencia se registra por el de referencia catastralcuando se venda la casa aparecerá una ganancia ficticia de 1.200.000 euros, lo que obligará a desembolsar 300.000 por IRPF.

La segunda situación es la de una donación de un inmueble cuyo valor de referencia catastral es de 200.000 euros, mientras que el de mercado se sitúa en los 330.000. Eso supone que si se renuncia a la gratuidad y se paga el 1% por Sucesiones, el desembolso correspondiente es de 3.000 euros. Pero si se opta por evitar ese tributo haciendo constar el valor de referencia, en la posterior venta aparecerá un beneficio ficticio de 130.000 euros, lo que supondrá tener que pagar 29.000 por IRPF. En este caso, al tratarse de una donación en vida, el consejo ha sido aplazarla unos meses para ver si el Parlament aprueba el texto definitivo con una corrección en esta materia.

En el caso de las herencias en vida que incluyan la donación de un inmueble, lo que se está aconsejando es que se aplace unos meses esa decisión, para ver si durante la tramitación en el Parlament autonómico como proyecto de ley de estas reformas tributarias se aplican correcciones, como evitar hacer referencia al valor catastral y sustituir esa exigencia por la del valor de mercado, a la vista de las críticas que ese diseño inicial de Hacienda han desatado.

Fuente: diariodemallorca.com (11/9/23) pixabay.com

Sobre Tarraco 4386 artículos
Asesoría de empresas Gestoría Tarragona