¿Cuáles son las ventajas fiscales y de gestión al comprar un inmueble con una sociedad?

La noticia saltaba este jueves: el ministro Pedro Duque y su mujer, María Consuelo Femenía, tienen dos chalés bajo el paraguas de una sociedad limitada creada en 2005. Las casas están situadas en Madrid y en la localidad alicantina de Jávea. Ese tipo de operaciones conlleva algunas ventajas y agiliza la posible venta de los inmuebles. Entre los beneficios fiscales posibles al vender las acciones de una sociedad y no una vivienda, los propietarios últimos pueden eludir el impuesto de sucesiones, el de plusvalía patrimonial y, en ciertos supuestos, el tributo por transmisiones patrimoniales. También ese modelo de propiedad agiliza la gestión en cuestiones como el alquiler a terceros o la contratación de empleados….

Pero, al margen del ‘caso Duque’, ¿cuáles son las ventajas fiscales y de gestión al comprar inmuebles con sociedades?

Cuando se crea un SL, los ingresos por rendimiento de la misma tributan al 15% por el impuesto de sociedades los dos primeros años, siendo del 25% en los años sucesivos. Duque ha admitido que habían alquilado una de las viviendas a terceras personas “durante unos años” y que se habían practicado el autoalquiler, pero que todo está registrados en las cuentas anuales. Según explica Patricio Palomar, el hecho de tributar los ingresos de alquiler como persona jurídica y no física supone una ventaja porque ambos cónyuges estarán tributando por el tipo máximo de IRPF que es 45% sobre las rentas de más de 60.000 euros a día de hoy. La compra de inmuebles destinados a alquiler se suele hacer a través de sociedades como forma de optimizar fiscalmente las rentas de alquiler.

“Como persona física no te puedes deducir nada por el rendimiento de un inmueble de tu propiedad, pero sí con una SL. De los rendimientos del alquiler te puedes deducir gastos como personal de limpieza y jardinería, gastos de comunidad, la administración de la casa o el dinero que has empleado en publicitar el alquiler”, subraya el consultor de AIRE Partners.

En este sentido, Carlos Cruzado de Gestha añade que “es obligatorio que la sociedad incluya el ingreso del alquiler y el autoalquiler por cesión de uso de la vivienda en las cuentas de resultados”.

El propietario se ahorra el impuesto de plusvalía municipal porque está vendiendo acciones de una sociedad, no un inmueble

Otras beneficios están relacionados con la eficiencia en la gestión. “Cuando se compra o vende, se busca facilidad de acción porque no se compra o se vende un inmueble, sino que se compran o venden las acciones de una sociedad”, explica Patricio Palomar. Agrega el experto: “Entonces eso tiene ventajas en el sentido de intentar eludir el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) porque se venden las participaciones de una sociedad y no una vivienda».

Si alguien tiene un inmueble y está enfermo grave, antes de su muerte puede vender las participaciones de la empresa a sus hijos y así “se evita los líos de herencias y los impuestos de sucesiones o donaciones que hay montado en España según la comunidad autónoma –matiza Palomar-, aunque Hacienda te pedirá que sea a precio de mercado para que no sea simulación».

Aunque ese experto matiza que la Agencia Tributaria está luchando contra el fraude de no pagar el ITP por parte de ese tipo de sociedades instrumentales, aunque la ley exista desde 2006 para evitar esas triquiñuelas.

Un abogado del bufete Garrigues comentó a este diario que además de la mejor tributación a la hora de vender un inmueble con una sociedad (impago del impuesto de sucesiones) existe otro beneficio adicional: “El propietario se ahorra el impuesto de plusvalía municipal porque está vendiendo acciones”.

La compra de inmuebles utilizando una sociedad previamente constituida “responde en muchas ocasiones a razones no fiscales, por ejemplo, aislar responsabilidades de las personas físicas y derivarlas a una SL, limitar el recurso para la financiación bancaria, proteger al socio o evitar que terceros puedan oponerse a futuras transmisiones”, explicó el experto de Garrigues.

Fuente: Elconfidencial.com (27/9/18) Pixabay.com 

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