¿Deberíamos copiar el IRPF y el salario mínimo de Nueva Zelanda?

El Gobierno laborista de Nueva Zelanda ha decidido subir los impuestos a los más ricos e incrementar el salario mínimo que reciben los trabajadores. Este ha sido un titular que ha corrido como la pólvora en las redes sociales, como si marcara el rumbo que debería seguir la economía española, pero que debe ser matizado en tres sentidos.

Primero, la economía neozelandesa prácticamente no ha sufrido daños estructurales durante 2020: su PIB apenas se contrajo un 2,9%, frente al 10,8% de España. La razón es que Nueva Zelanda siguió desde el comienzo una política de supresión del coronavirus (facilitada por su condición insular) que permitió erradicar tempranamente el patógeno y restablecer la actividad económica normal sin mayores restricciones que en el tráfico aéreo exterior. A su vez, y en parte como consecuencia de lo anterior, su tasa de paro se mantiene en el 4,9%, mientras que en España supera el 16%. Todo lo cual supone que las mismas políticas que acaso este país sea capaz de digerir ahora mismo no tienen por qué ser las mismas que nosotros vayamos a poder soportar con un tejido empresarial mucho más debilitado.

Nueva Zelanda va a incrementar su salario mínimo a 20 dólares neozelandeses por hora, esto es, unos 10,4 euros españoles

Segundo, es verdad que Nueva Zelanda va a incrementar su salario mínimo a 20 dólares neozelandeses por hora, esto es, unos 10,4 euros españoles la hora considerando el tipo de cambio y la disparidad de poder adquisitivo. Para un salario de jornada completa, eso equivaldría a unos 1.650-1.770 euros mensuales, lo cual parece mucho más alto que los 950 euros de España, aun cuando tengamos en cuenta que esos 950 euros en realidad son 1.108 prorrateando las 14 pagas. Sin embargo, al respecto es importante efectuar dos comentarios. Por un lado, en Nueva Zelanda no existen cotizaciones a la Seguridad Social, de modo que la comparativa debería efectuarse con el salario mínimo incluyendo la cotización a la Seguridad Social por parte del empresario que percibe un trabajador español (gracias a esa cotización, el empleado devenga una serie de derechos prestacionales frente a la Administración): es decir, deberíamos comparar los 1.650-1.770 euros mensuales de salario mínimo en Nueva Zelanda con los 1.440 euros de salario mínimo más cotización empresarial en España. Por otro, tengamos presente que en Nueva Zelanda existe un salario mínimo reducido para aprendices y para menores de 20 años, el cual es un 20% inferior al oficial, de modo que para esos colectivos el salario mínimo se ubicaría entre 1.320-1.416 euros mensuales: por debajo del español.

Y tercero, sí: Nueva Zelanda va a crear un tramo adicional del 39% en el IRPF a partir de 180.000 dólares neozelandeses (unos 95.000 euros anuales en España), por encima del tipo marginal máximo del 33% existente hasta el momento. Pero no olvidemos que el tipo marginal máximo de España es del 47% a partir de 300.000 euros (y el tramo anterior es el 45% a partir de 60.000), esto es, ocho puntos superior al ya incrementado en Nueva Zelanda. De hecho, si tenemos en cuenta los ajustes regionales en el tramo autonómico del IRPF, las diferencias todavía son más llamativas: la Comunidad de Madrid, ese presunto paraíso fiscal que debería ser erradicado ipso facto, cuenta con un tipo marginal máximo del 45,5% (y del 43,5% entre 60.000 y 300.000 euros), mientras que la Comunidad Valenciana exhibe un tipo marginal máximo del 54% a partir de 300.000 euros (y del 46%-52% entre 60.000 y 300.000). O dicho de otra forma, nuestros impuestos actuales sobre los ricos ya son, incluso en una comunidad calificada de ‘paraíso fiscal’, apreciablemente superiores a los de Nueva Zelanda aun después de que esta los haya incrementado.

En suma, quienes señalan que deberíamos emular a Nueva Zelanda en materia de salario mínimo y de IRPF probablemente estén reclamando, sin saberlo, políticas contrarias a aquellas que les agradarían: un recorte del salario mínimo para varios colectivos de trabajadores y una rebaja del IRPF para las rentas altas. Sí se puede.

Fuente: elconfidencial.com (2/4/21) Pixabay.com

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