Del fontanero al feriante: Italia multa con 30 euros a quienes se nieguen a cobrar con tarjeta

Italia obliga desde este jueves a todos los comerciantes y profesionales a aceptar el pago electrónico como medida para perseguir la evasión fiscal y multará a quien incumpla la ley.

Con el objetivo de perseguir la evasión fiscal, el decreto ley aprobado por el Gobierno adelantó seis meses la entrada en vigor de las multas, que habían sido objeto de otras medidas en los últimos años, pero nunca llegaron a entrar en vigor debido a la oposición de algunas fuerzas políticas.

En esta ocasión, el texto emitido por el Consejo de Ministros no ha sido modificado por el Parlamento, por lo que, a partir de este miércoles, quien rechace el pago electrónico será sancionado con una multa administrativa de 30 euros, incrementada en un 4% del valor de la transacción por la que se denegó el uso de la tarjeta.

Las asociaciones de consumidores aplauden la novedad, pero advierten de los ‘trucos’ para eludir las multas

No solo se aplica a las tiendas, sino que la lista de categorías comprende desde artesanos como carpinteros, fontaneros, electricistas, hasta incluso vendedores ambulantes, y la obligación también afecta a los notarios, abogados, ingenieros, médicos, asesores laborales y dentistas.

Las asociaciones de consumidores aplauden la novedad, pero advierten, por un lado, de los ‘trucos’ que podrían utilizar comerciantes y profesionales para eludir las multas, y por otro apuntan a la necesidad de reducir los costes de gestión del dinero electrónico para fomentar su correcto uso.

La mayor asociación de consumidores italiana, Codacons, explica que la ley «excluye la obligación de pagar de manera electrónica en caso de imposibilidad técnica objetiva», por lo que los comerciantes podrían alegar continuamente que no funciona su sistema. Además, explican, los comerciantes podrían limitarse a aceptar incluso un solo circuito y un solo tipo de tarjeta. Para la asociación, “es necesario cancelar por completo las comisiones interbancarias y los demás gravámenes exigidos a los comerciantes”.

Fuente: expansion.com (30/6/22) pixabay.com

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