El Supremo confirma la multa de 130.000 euros a una empresa que no identificó a los trabajadores que huyeron del centro al llegar una inspección de trabajo

La sala de lo social del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 130.000 euros impuesta por el Consejo de Ministros a una empresa dedicada al cultivo y recolección de fresas en Huelva por una falta muy grave de obstrucción a la labor de los inspectores de Trabajo, al no haber identificado a 13 trabajadores que abandonaron a la carrera el centro de trabajo durante dos visitas de la Inspección, en mayo de 2021. Dice la sentencia que en un control de empleo “salen corriendo de las instalaciones un total de 15 personas que se encontraban realizando tareas de recolección de fresas, abandonando los carros de recogida con la fruta recolectada y huyendo del lugar sin que pudieren ser identificados”.

Ese mismo día, unas horas más tarde, se produjo una segunda visita de inspección, «localizándose a un número impreciso de trabajadores que vuelven a salir corriendo ante la presencia de los inspectores. Se requiere nuevamente para su identificación a la misma trabajadora, quien manifiesta que hay dos trabajadores que se marcharon en la primera visita pero que en esta ocasión se han quedado en el centro de trabajo, que son identificados».

El Supremo destaca que la actuación encaja sin duda en la falta muy grave de obstrucción a la comprobación de la situación de alta de los trabajadores que presten servicios en la empresa. Dice la sentencia que “no se trata solo de que la empresa pudiere haber eludido sus obligaciones a la hora de comprobar la situación de alta de unos determinados trabajadores, sino de que los trabajadores afectados abandonaron a la carrera y por dos veces el centro de trabajo, sin que la empresa haya podido esclarecer tan anómala y extraordinaria situación, ni tan siquiera identificar finalmente a tales trabajadores. Lo que sin duda va mucho más allá de obstruir la normal y ordinaria actuación inspectora dirigida a comprobar la situación de alta de los trabajadores que se encuentran prestando normalmente servicios en el centro de trabajo».

Fuente: cadenaser.com (25/4/24) pixabay.com

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