¿Quién debe correr con los gastos que ocasionan los actos jurídicos documentados tras la firma de una hipoteca?

Lo peor que podía pasar con la reciente sentencia del Tribunal Supremo acerca de quién debe correr con los gastos que ocasionan los actos jurídicos documentados tras la firma de una hipoteca entre un banco y un cliente, pasó el viernes cuando el presidente de la Sala Contencioso-Administrativo del Supremo, Luis María Díez-Picazo, decidió suspenderla y elevar al pleno de la sala una posible reconsideración de la misma.

La nota difundida ayer para explicar esta decisión no habla de alarma social en ningún momento, pero sí señala que se toma por la “enorme repercusión económica y social” que tiene el cambio sobre el criterio que había mantenido hasta ahora el propio Tribunal Supremo.

La sentencia suspendida abre la puerta a que los clientes reclamen los pagos efectuados
Pero son las Comunidades Autónomas quienes han recibido el impuesto

Bien está reconsiderar las decisiones que se toman si se entiende que pueden ser equivocadas o que los efectos de las mismas pueden ser más perniciosos que beneficiosos. Pero a una institución como el Supremo se le debe exigir que a la hora de dictar sentencias tenga en cuenta precisamente la repercusión que pueden tener en el ordenamiento económico, jurídico y social. Es lo menos que se le puede pedir. De hecho, en algunas ocasiones, el Supremo, aun reconociendo el derecho de los recurrentes, ha acabado dictando en contra de ellos aludiendo precisamente a cuestiones de interés general, como el equilibrio de las cuentas públicas en momentos de especial gravedad, que deben prevalecer sobre las particulares.

La sentencia dada a conocer el miércoles, y que en principio es la que crea jurisprudencia y está en vigor, señalaba que es el banco el que debe correr con los gastos que generan esos actos jurídicos y abría la puerta a que los clientes pudieran reclamar los pagos efectivamente realizados hasta el momento por entender que no les correspondía a ellos hacerlo.

La sentencia no hablaba de retroactividad pero los expertos, y los mercados, entendieron que podía existir al menos para los cuatro ejercicios últimos ya que ese es el plazo de prescripción de Hacienda.

El problema es que quien ha percibido esos recursos son las Comunidades Autónomas, ya que tienen transferidos esos impuestos y tienen libertad para fijar el recargo de ellos. Parece que lo razonable sería que las reclamaciones fueran contra esas administraciones públicas, los bancos no han utilizado esos recursos en ningún momento, y que las entidades a partir de ahora corrieran con los que se generen en las nuevas hipotecas.

El reglamento y las sentencias hasta ahora establecían que el pago debía efectuarlo el tomador de la hipoteca no quien la daba.

Otra cosa es que se deba entender que si había que formalizar jurídicamente ese contrato, y eso implica un gasto, la administración pública debería ser compensada por ello y, dado que el hipotecado no es quien debe hacerlo, el pago debiera recaer sobre la otra parte. En todo caso esto último es discutible.

La reacción del Supremo es comprensible. De repente es probable que las administraciones públicas, que no están financieramente muy boyantes deban devolver lo cobrado indebidamente a millones de contribuyentes. Y luego tratar de que los bancos les paguen esas cantidades. Las cifras que se manejan son muy altas. No hay un cálculo exacto, pero los bancos de inversión las cifran entre 4.000 y 8.000 millones de euros. Los mercados reaccionaron reduciendo en más de 5.500 millones de euros el valor de cotización de los bancos en el primer día tras la sentencia. Esta cantidad puede haber sido exagerada, pero hay que tener en cuenta que no solo los bancos cotizados han dado hipotecas.

La repercusión de la sentencia no se limita a estas cifras. Varios bancos han dejado de ofertar sus hipotecas por internet en lo que se interpreta como el primer paso para adecuarlas a la nueva situación.

Mientras el Supremo, la sala en pleno, no modifique la sentencia ésta está en vigor y está claro que según ella esos gastos no corren a cargo del hipotecado sino del banco. Ello significa que la entidad tendrá que modificar las condiciones, elevándolas, que ofrece para hacer frente a esos nuevos gastos que hasta ahora no tenía.

Es muy probable que el mercado hipotecario se frene en estas semanas hasta que se aclare definitivamente la cuestión. Cuando el Congreso lleva meses estudiando la nueva ley hipotecaria, que ha levantado bastantes recelos entre los bancos, una sentencia como la del miércoles no ayuda precisamente a calmar los ánimos. El Supremo debe tener más cuidado a la hora de dictar sus sentencias y sería deseable que la reunión de la sala para dilucidar este problema no se retrase en exceso.

Fuente: Expansion.com (20/10/18) Pixabay.com

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