Todo lo que debes saber sobre la nueva ITV

El próximo domingo 20 entra en vigor la nueva normativa sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), aprobada a finales del pasado año.  La ITV no es sólo un trámite obligatorio sino también absolutamente aconsejable para garantizar la seguridad y buen funcionamiento de los mismos. Los propietarios de turismos tienen que pasar la ITV por primera vez a los cuatro años desde la matriculación, de forma bienal a partir de ese momento y anual a partir de los 10 años de antigüedad, así que son millones los vehículos que completan esta gestión cada año en España.

Si eres uno de ellos y tienes que pasar la ITV próximamente (o por supuesto más adelante) conviene conocer las novedades que ahora se ponen en marcha. Algunas se refieren a las propias estaciones que ofrecen el servicio, pero las que interesan a los usuarios son las siguientes:

Segunda revisión en otra estación

Hasta el momento, si un vehículo no superaba al primer intento la inspección, el propietario estaba obligado a repetirla en la misma estación. El real decreto aprobado el 20 de octubre del pasado año permite que, a partir del proximo lunes, el usuario pueda acudir a un centro diferente una vez subsanadas las carencias o defectos que provocaron el informe desfavorable. Eso sí, siempre de los plazos establecidos.

La medida ha creado cierto debate en el sector, ante el riesgo de que determinadas estaciones tengan la tentación de mostrarse más permisivas con el objetivo de atraer a los clientes con esas dificultades para superar la inspección.

Un mes de plazo por adelantado

Se modifica igualmente la regulación sobre fecha obligatoria para pasar la ITV siguiente. Con ello, aunque el vehículo supere la inspección por adelantado, siempre que no sea con más de un mes de antelación, no se modificará la fecha prevista para la próxima.

Hasta el momento, el periodo correspondiente (uno o dos años) se ajustaba a la fecha exacta de la revisión, con lo que se podían perder días o semanas de vigencia de la misma. Un ejemplo: si la próxima revisión es el 4 de julio es posible acudir a realizar el trámite a partir del 5 de junio anterior, pero la fecha de la siguiente se mantendrá en todo caso como la primera, sin renunciar a esos días de adelanto.

Certificados europeos

Se reconocen los certificados expedidos por los países miembros de la Unión Europea, en sintonía con dos directivas comunitarias ya vigentes. Así, cuando se produzca un cambio en la titularidad de un vehículo comprado en el extranjero y se matricule en España no será necesario volver a pasar la ITV. Una ventaja para aquellos interesados en adquirir un vehículo de importación de Alemania, Francia, Italia…

Más control de las emisiones y seguridad

Esta última novedad afecta más directamente a las estaciones de control, pero con influencia en los usuarios. El real decreto obliga a las ITV a disponer de herramientas de diagnóstico que se conecten a los puertos de adquisición de datos de los vehículos, lo que permitirá comprobar el buen funcionamiento de los sistemas electrónicos de seguridad y las emisiones. Es decir, habrá un mayor control y rigor en estos aspectos, hasta ahora más difíciles de verificar por los métodos tradicionales.

Vehículos históricos

A partir del día 20, la edad para catalogar un vehículo como histórico pasa de los 25 a los 30 años de antigüedad desde la fecha de su primera matriculación.

Fuente: Elpais.es (16/5/18) Pixabay.com

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