Cuidado con las ayudas por el coronavirus: así afectarán a tu declaración de la renta de 2020

Para el Ejecutivo porque va a suponer un mazazo para las arcas públicas y para los ciudadanos porque todo ese dinero tendrá su reflejo en la declaración de la renta de 2020. Y es que la mayoría de ayudas, subvenciones e incluso el dinero de los ERTE o la prestación especial por cese de actividad de los autónomos tiene su repercusión fiscal en el IRPF.

En otras palabras, las personas afectadas desde el punto de vista económico por el coronavirus van a tener que prestar especial atención a la declaración de la renta de 2020, la que liquidaremos el próximo año. En algunos casos puede que incluso les toque pagar en la declaración de la renta por el dinero que reciban. Así lo estima David García Vázquez desde DGVfiscal.

¿Qué pasa con las ayudas del coronavirus en la renta? La respuesta depende del tipo de ayuda y de la medida concreta de la que te hayas beneficiado. Al hacer la renta no tributan igual las ayudas directas y subvenciones en general que el dinero que hayas cobrado como indemnización por despido, los ERTE o el paro del autónomo.  Así es como funcionan en cada caso.

Las ayudas y subvenciones por el coronavirus en la renta

La realidad es que entre las medidas por el coronavirus hay pocas o ninguna ayuda directa. De hecho, la mayoría son beneficios sobre derechos adquiridos o moratorias en el pago, explican desde Técnicos Estudios Sociales.

Entre las ayudas directas figuran los 3.200 euros para autónomos de la Comunidad de Madrid a través del Plan Impulsa a condición de mantener el alta como autónomo durante por lo menos 12 meses. Estas ayudas esconden una pequeña trampa fiscal: tributan en la renta y hay que pagar impuestos por ellas.

Salvo que se especifique lo contrario, las ayudas por el Covid-19 no están exentas de tributar en el IRPF, tal y como aclara la propia Agencia Tributaria. En concreto, lo más habitual es que estas ayudas por el coronavirus se incluyan en la renta como una ganancia patrimonial que se sumará a la base imponible general y no a la del ahorro, explica David García. Así es como tributaban el Plan PIVE, entre otros.

La otra alternativa es que se integren dentro de los rendimientos de trabajo, que es como se suman las subvenciones escolares o los cheques guardería, por poner dos ejemplos.

En el caso de los autónomos, esas ayudas se consideran normalmente un ingreso más de la actividad, no una ganancia patrimonial.

La prestación especial por cese de actividad de los autónomos

La medida estrella para los autónomos por el coronavirus también tiene implicaciones en el IRPF. Sin embargo, estas son las mismas que tendría si se cobra el paro como autónomo en cualquier momento.

Es decir, ese dinero del paro también tributa para Hacienda y lo hace como un rendimiento del trabajo más, exactamente igual que lo haría si pidieses la prestación por cese en otro momento. Para que lo entiendas, mejor para el fisco el dinero del paro es como un salario más a la hora de hacer la declaración de la renta.

El dinero de los ERTE y las indemnizaciones por despido

Como ocurre en el caso anterior, con los ERTE simplemente se han relajado las condiciones para acceder a la prestación por desempleo y se permitirá acceder a ellas a personas que normalmente no reunirían las condiciones para hacerlo.

Sin embargo, a efectos del IRPF este dinero no se puede considerar una ayuda o una subvención. Para la renta, este capital es como el paro. En otras palabras, supone un pagador más y un ingreso que se sumará a las rentas del trabajo, como tu nómina y como lo haría normalmente.

La mayor repercusión de esta medida por el coronavirus en la renta es que puede afectar a tu obligación de presentar el IRPF 2020. La razón es que tendrás dos pagadores y en ese caso el mínimo para tener que hacer la renta cambia. En lugar de los habituales 22.000 euros, baja a 14.000 euros si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador (el paro).

¿Y la indemnización en caso de despido? Si has perdido el empleo por el coronavirus también se aplicará la lógica anterior en cuanto al paro. Para la indemnización por despido y el finiquito tampoco hay cambios fiscales. Los primeros 180.000 euros que percibas están exentos de tributar y el resto tiene la consideración de rendimiento del trabajo.

Rescatar el plan de pensiones por el coronavirus

Como parte de las medidas del coronavirus el Gobierno permitirá rescatar el plan de pensión antes de tiempo. De nuevo, hacerlo no cambiará la fiscalidad del plan de pensiones.

Ese dinero tributará dentro de la base general a los tipos de IRPF normales y lo hará tanto por el dinero ahorrado como por los rendimientos que acumules. En este caso es importante hacer números a la hora de plantear la operación porque al recuperar una buena cantidad de golpe puede que la factura fiscal sea elevada en 2020. La razón es que recuperar el plan en forma de capital (todo lo acumulado) puede elevar tu base imponible y hacer que tributes a los tipos más altos de la renta.

La moratoria de las hipotecas y los préstamos para el alquiler en la renta

¿Qué efecto tienen las medidas por el coronavirus sobre vivienda en la renta? Básicamente ninguno para quien se beneficie de ellos. Al final, la moratoria en el pago de hipotecas solo supone un retraso en el pago del préstamo.

A efectos de la renta simplemente habrás aportado menos por la hipoteca y podrás desgravar menos por ella, en caso de tener derecho a hacerlo.  Recuerda que en la renta 2020 solo las hipotecas anteriores a 2013 pueden desgravar.

En el caso de los préstamos para el alquilerlos microcréditos en sí mismos no tienen incidencia fiscal. Es decir, se trata de un préstamo por el que no hay que pagar impuestos ni se puede desgravar en la renta. Además, recibirlos no afectará a la posibilidad de poder desgravar el alquiler.

La situación las ayudas directas para pagar estos microcréditos sí es diferente. En este caso se trataría de una ayuda que habría que incluir en la declaración de la renta como hemos explicado anteriormente.

Recuerda que todas las medidas por el coronavirus tributarán en todo caso al hacer la renta 2020, que es la que liquidaremos en 2021, no en la campaña actual.

Fuente: Businesinsider.com (8/4/20) Pixabay.com

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