¿Por qué en España tenemos dos apellidos? Recorriendo la historia de la huella familiar

Habitamos un sistema identificatorio. A lo largo de los siglos, el devenir humano se ha construido con base en clasificaciones que, como las ramas de ese árbol genealógico que nos recoge en la historia, crecen oscilando entre la certeza de un núcleo lejano y su propia voluntad. No existe árbol genealógico, de hecho, sin ese núcleo acechante, sin los apellidos que nos ligan a él.

Antes o después, a todos nos remueve la curiosidad de recorrer el ramaje que nos antecede, un tránsito que es tan nuestro como ajeno. A la hora de investigar a nuestros antepasados y antepasadas, en España tenemos la posibilidad de hacerlo desde dos vías: los dos apellidos que, a menudo, nos identifican ante el Estado y la sociedad. Esto facilita bastante la tarea, y puede que con algo de suerte nos lleve lejos, muy lejos, pero siempre contando con que a tradición ha marcado que el primer apellido sea el que corresponde al padre y el segundo a la madre.

Foto: ¿Interesado en saber cuánta gente tiene tu nombre y apellidos? Descúbrelo así (INE)

Sin embargo, resulta que esto no ocurre de la misma forma en otras culturas vecinas donde, sin más motivo que la tradición de nuevo, el apellido materno desaparece. En países como Francia, Italia o Inglaterra, los recién nacidos suelen recibir un solo apellido, el del padre, aunque esta pauta se ha flexibilizado a lo largo de los últimos años. No obstante, a menudo, cambiar la dinámica exige que los progenitores lo escojan de forma directa. Es decir, no es una herencia automática, como en España. ¿Por qué se da esta diferencia?

Orígenes y linajes

Los primeros registros sobre apellidos españoles se remontan al último tercio del siglo IX, cuando se formaban por derivación del nombre del padre o de un antecesor del portador en las clases nobles de Castilla. Poco a poco, durante las décadas posteriores, la costumbre se fue extendiendo hacia todas las clases sociales.

Para la segunda mitad del siglo XII ya existe un rastro del uso de términos con los que designar linajes concretos, utilizando para ello su lugar de origen o de señorío. Más tarde, entre los siglos XIV y XVI se comenzó a utilizar el patronímico como una prolongación del nombre, independientemente de cuál fuera el nombre del padre. Este gesto se basaba en imponer a cada nuevo individuo el patronímico de la persona en cuyo honor se le ha puesto el nombre.

Además, para las niñas y mujeres se intentó mantener a toda costa una forma de apellido que las subyugara directamente como posesión de un hombre. En palabras del historiador José Godoy Alcántara: «En las mujeres fue más lenta la adopción del apellido. Entre las de clase inferior conservábanse todavía muy entrada la Edad Media nombres griegos y romanos, y no eran raras las Octavias, Livias, Creusas y Julias. Aun en el siglo XII persisten las huellas de la formación romana del nombre femenino Palumbina filia Pelagii Palumbo (Paloma hija de Pelayo Palomo), leemos en escritura de 1167 en el tumbo viejo de Sobrado».

Una estadística difícil

En cualquier caso, nada fue inmediato y generalizado. Hasta principios del XVI, lo más habitual era que cada persona cargase con un nombre de pila y un genitivo o, lo que es lo mismo: una coletilla casi a modo de apodo, relacionado con su lugar de origen o familia. Si bien esta opción tenía sentido, daba pie a algunas confusiones que hoy nos parecerían delirantes y, sobre todo, hacían que la administración de la época fuese tremendamente compleja.

La práctica se convertía a veces en una estadística difícil de descifrar que, para como estaban las cosas, resultaba más un obstáculo que una ventaja. ¿Qué pasaba, por ejemplo, con dos hermanos que habían nacido en municipios distintos? Estas preguntas se fueron tanteando hasta el siglo XIX.

El asunto cambió en 1889 con la creación del primer Código Civil, donde las autoridades establecieron el uso oficial del doble apellido

Concretamente, el asunto cambió en 1889 con la creación del primer Código Civil españolFue en este documento donde las autoridades del momento establecieron el uso oficial del doble apellido, tanto el apellido paterno como el materno: «Los hijos legítimos tienen derecho a llevar los apellidos del padre y de la madre», decía el artículo 114.

Primero el materno

Sin embargo, este orden no se ha seguido a rajatabla en todos los lugares y en todo momento. Hubo un tiempo en el que en Galicia se usaba el orden contrario, sí: primero el materno y luego el paterno, cosa que incluso se mantiene actualmente en Portugal. En algunas zonas, de hecho, todavía en la actualidad incluso los hijos adoptaban como principal el apellido paterno y las hijas el materno.

Asimismo, la existencia de intereses económicos podía hacer que prevaleciese el apellido materno para mantener ciertos privilegios. Según recogen en el portal Abueling, una historia sobre este tipo de intereses económicos aparece fechada en el año 1476, cuando un grupo de personas son ajusticiadas por los portugueses en la localidad de Toro (Zamora) por conspirar en favor de los Reyes Católicos; entre los ajusticiados están el matrimonio formado por Juan Monroy y Antona García, quien es colgada en la reja de su propia casa. «Tras aquella batalla de Toro, una vez vencidos los portugueses, los Reyes Católicos reconocieron el mérito de Antona mandando dorar la reja de la que fue colgada (aún existe actualmente dicha reja en Toro, precisamente en la calle de la Rejadorada) y eximiendo del pago de impuestos a sus descendientes, los Monroy García».

Desde entonces, dicho apellido se fue trasmitiendo de generación en generación, «a fin de justificar la exención de impuestos, primero bajo la forma Monroy y posteriormente como apellido compuesto Sanz-Monroy en dicha zona y alrededores». Los hechos los constata un acta fechada en 1652 en Pedrajas de San Esteban (Valladolid), en la que se cita que «el niño es hijo de Joan Sanz Monroy «libertado», recordando su condición de exento de impuestos heredada de sus antepasados. Dicha condición y dicho apellido se mantuvo al menos hasta finales del siglo XVII, dos siglos después de la muerte de Antonia».

Los apellidos hoy

Incluso la legislación actual permite que se elija el orden de los apellidos de los hijos en el momento de inscribirlos, pudiendo ser primero el de la madre o el del padre, a voluntad de los mismos, tratando con esto de dar un trato igualitario a ambos cónyuges apropiado a nuestro actual Estado de derecho.

Por otra parte, en el caso de hijos de madre soltera nos encontramos con que se pueden poner a los hijos los apellidos de la madre en el mismo orden o bien invirtiendo dicho orden, de forma que en este segundo caso los apellidos disimularían el hecho de ser hijo de madre soltera al ser el segundo apellido de la madre el primero del hijo, de manera que no coinciden los apellidos de madre e hijo.

En 2021, El Tribunal de Derechos Humanos sentenció que la prevalencia del apellido paterno frente al de la madre en la actualidad es discriminatoria. Cuatro años antes, en junio de 2017, entraba en vigor la reforma de la ley del Registro Civil, que ya dejaba sin efecto el reglamento que legitimaba la prevalencia del apellido del varón.

Sin embargo, en la práctica, como cuestiona aquella sentencia del TEDH, se hacía necesaria la autorización de ambos progenitores para poner el apellido de la madre primero, algo que no ocurría si el del padre iba primero. Desde entonces, los padres tienen que ponerse de acuerdo y, si no, el encargado del Registro Civil será quien determine el orden de apellidos a expensas del «interés superior del menor».

Fuente: elconfidencial.com (03/1/23) pixabay.com

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