¿Por qué hay emprendedores que crean su empresa en Estonia?

La situación actual ha acelerado el teletrabajo y está cambiando, quizá para siempre, el formato de los negocios. Con el desarrollo de la tecnología, muchas de las nuevas profesiones e, incluso, negocios tradicionales se realizan a distancia o sin un centro de trabajo definido. Esto está posibilitando que muchos negocios no tengan un lugar físico para la realización de su actividad ni un lugar concreto o reducido para las ventas a sus clientes, que pueden estar en cualquier rincón del planeta.

Por eso han surgido nuevas ideas, como la creación de empresas en países más ventajosos que el de residencia, como es el caso de Estonia.

PREGUNTA. ¿Es posible constituir una empresa en Estonia residiendo en España?

RESPUESTA. Desde hace unos años, es posible constituir una empresa en Estonia, residiendo fuera de Estonia y con cualquier nacionalidad. Como explica Igor Begonte, asesor fiscal y financiero en LABE Abogados, para ello es necesario obtener la ‘e-residency’ o residencia electrónica, documento de identificación que se tramita completamente por internet y que permite tener relaciones administrativas y comerciales en Estonia.

P. ¿Qué ventajas tiene constituir la empresa en Estonia y no en España?

R. La moderada tributación y la flexibilidad que ofrece la legislación en Estonia son la clave. La primera ventaja es que no existe la necesidad de darse de alta de autónomos con la rigidez que supone este pago en España, ya que se debe pagar existan beneficios o no. La segunda es la inexistencia del impuesto sobre sociedades mientras la empresa no reparta beneficios. En el momento que los reparta, los dividendos se gravan al tipo del 20%.

Otra de las ventajas es que existe un salario exento de impuestos para los administradores, en función del volumen de ventas de la empresa y del trabajo efectivo de estos, además de una cantidad fija de gastos de viaje, fácilmente justificables, de alrededor de 1.200 euros mensuales.

P. ¿Cómo se constituye la sociedad en Estonia?

R. Una vez obtenida la ‘e-residency’, se puede constituir una sociedad de manera telemática y en poco tiempo, aunque todavía es necesario disponer de un colaborador persona física y de una dirección de contacto en Estonia. El equivalente a la sociedad limitada (SL) en España es la ‘privat limited company’, que requiere un capital mínimo de 2.500 euros. Tiene, además, la ventaja de que si todos los socios son personas físicas y el capital inicial no supera los 25.000 euros, no es necesario desembolsarlo.

P. ¿Qué seguridad jurídica ofrece Estonia?

R. Estonia es un país que forma parte de la Unión Europea desde 2004 y adoptó el euro como su moneda oficial en 2011. Actualmente, goza de muy buena reputación y la legislación permite el libre comercio e inversiones (incluso en inmuebles) dentro de la Unión Europea. Por tanto, las sociedades en Estonia se convierten en vehículos de inversión, estando dentro de la Unión Europea, con la misma moneda y una legislación que permite que los rendimientos estén libres de impuestos de manera legal.

Al contrario de lo que se pudiera pensar, Estonia no es un paraíso fiscal

P. ¿Cómo se lleva la contabilidad y la tributación en Estonia?

R. Al contrario de lo que se pudiera pensar, Estonia no es un paraíso fiscal. La contabilidad es obligatoria y se debe de llevar de manera estricta, registrándose todos y cada uno de los movimientos de la sociedad. Es recomendable registrarse y obtener un número de VAT intracomunitario (IVA en España) para operar con clientes y proveedores de la Unión Europea. Este número de VAT es obligatorio cuando se facturan más de 40.000 euros al año. Aunque toda la gestión de la sociedad se realiza a través de internet, es recomendable la contratación de servicios externos para que realicen las gestiones oportunas con todas las garantías.

P. ¿Qué se tributa en España de la sociedad en Estonia?

R. Se debe poder demostrar que la actividad de la sociedad se desarrolla íntegramente fuera de nuestras fronteras. Los beneficios de la sociedad solo tributan en Estonia en el momento en que se repartan los dividendos, de igual manera que al recibir la persona física esos dividendos, si es residente fiscal en España, deberá declararlos en su renta anual (IRPF). Lo mismo ocurre con los rendimientos de trabajo o administrador si se realizan; estos también deberán ser declarados en la renta española. Aplicando, en ambos casos, las reglas de deducción por doble imposición internacional.

Fuente: Elconfidencial.com (8/12/20) Pixabay.com

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